« Back to Glossary Index

Delegación

*Situación que se da en la novación subjetiva por cambio de deudor, cuando el deudor primitivo consiente en dicha novación, aunque su consentimiento no sea necesario.
Ver. Adpromisión. Animus Novandi. Expromisión. Novación Subjetiva.
~ Imperfecta. Aquella en que el acreedor no consiente en liberar al deudor primitivo, no habiendo, por ende, novación por falta del animus novandi de aquél.
~ Perfecta. Aquella en que el acreedor consiente en liberar al deudor primitivo, produciéndose la novación.

« Back to Glossary Index