Herencia, Derecho Real de
-Derecho real que recae sobre el patrimonio del causante o en una cuota de él, sin respecto a determinada persona.
• Se ejerce sobre una universalidad jurídica y no sobre bienes determinados, por lo cual no puede ser calificada de mueble o inmueble. Sin embargo, se le aplica el estatuto de los bienes muebles.
• Se adquiere por sucesión por causa de muerte, tradición o prescripción.