Interpretación de la Ley
*Fijación del real sentido y alcance de la ley, ya sea por el legislador, los entes públicos, el juez o los particulares.
~ Administrativa. Es aquella realizada por los entes públicos. Debe someterse a las reglas establecidas en el Código Civil y conforme a la Constitución.
~ Doctrinaria. Es la que efectúan los autores de literatura jurídica. No es vinculante y depende del prestigio del autor.
~ Judicial. *Aquella que realiza el juez para fijar el real sentido y alcance de la ley, mediante el análisis gramatical, lógico, histórico, sistemático y, en última instancia, conforme al espíritu general de la legislación y a la equidad natural. No tiene fuerza obligatoria sino respecto de la causa en que actualmente se pronunciare, art. 3 inc. 2°.
~ Legislativa. Es aquella efectuada por el Poder Legislativo mediante una ley para interpretar el sentido de otra ley. Es vinculante y tiene como límite la cosa juzgada, art. 3 inc. 1° y art. 9 inc. 2°.