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Recompensa (en la Sociedad Conyugal)

*Indemnización pecuniaria que se deben el patrimonio del marido, de la mujer o de la sociedad entre sí al momento de la liquidación de la sociedad conyugal, y que tiene por objeto evitar el enriquecimiento sin causa de alguno de ellos. Esta recompensa puede ser: de la sociedad a los cónyuges, de los cónyuges a la sociedad, y de cónyuge a cónyuge.

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